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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
Divorcio Administrativo
Artículo 272-A del Código Civil Federal
C. OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL
registro_civil | default("OFICIALÍA DEL REGISTRO CIVIL")
PRESENTE.
Los suscritos, conyuge_1 | default("NOMBRE DEL CÓNYUGE 1") y conyuge_2 | default("NOMBRE DEL CÓNYUGE 2") , ambos mayores de edad, con domicilio conyugal en domicilio_conyugal | default("_________________________________") , ante usted comparecemos para solicitar:
De conformidad con el artículo 272-A del Código Civil Federal, manifestamos nuestra voluntad libre e inequívoca de disolver el vínculo matrimonial que nos une, celebrado el día fecha_matrimonio | default("___ de _______ de ____") ante lugar_matrimonio | default("la Oficialía del Registro Civil de _____________") , según consta en el Acta de Matrimonio número numero_acta | default("___________") .
Manifestamos bajo protesta de decir verdad que cumplimos con los requisitos
establecidos por la ley:
a) Que ha transcurrido más de un año desde la celebración del matrimonio.
b) Que no tenemos hijos menores de edad ni hijos mayores sujetos a tutela.
c) Que la cónyuge no se encuentra en estado de gravidez.
d) Que hemos liquidado la sociedad conyugal, si bajo ese régimen nos casamos.
e) Que ambos somos mayores de edad.
Declaramos que nuestro matrimonio fue celebrado bajo el régimen de regimen | default("separación de bienes / sociedad conyugal") , y que {{ situacion_bienes | default("no existen bienes que repartir / los bienes han sido liquidados de común acuerdo según convenio adjunto") }}.
Por lo anteriormente expuesto, solicitamos se sirva:
PRIMERO. — Levantar el acta de divorcio correspondiente.
SEGUNDO. — Realizar las anotaciones marginales al acta de matrimonio.
TERCERO. — Expedir las constancias de soltería a que tengamos derecho.
Sobre este documento: Divorcio Administrativo
Solicitud de divorcio administrativo ante el Registro Civil sin hijos y de mutuo acuerdo.
Fundamentado en: Arts. 272-A CCF.