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Código Civil Aplicable: Código Civil Federal
Fiscalía Competente: Fiscalía General de la República
Tribunal: Poder Judicial de la Federación
Demanda de Amparo Directo
Artículos 170-182 de la Ley de Amparo · Arts. 103, 107 CPEUM
H. TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN TURNO EN Federal (Aplicación General)
POR CONDUCTO DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE
P R E S E N T E
cliente.nombre | default("NOMBRE DEL QUEJOSO") , por mi propio derecho, señalando domicilio en cliente.domicilio | default("_________________________________") , autorizando en términos del artículo 12 de la Ley de Amparo a abogado.nombre | default("_________________________________") , promuevo DEMANDA DE AMPARO DIRECTO contra la sentencia definitiva / laudo / resolución dictada en el expediente expediente | default("_______________") .
cliente.nombre | default("_______________") , con domicilio señalado.
tercero_interesado | default("_______________") , con domicilio en {{ domicilio_tercero | default("_______________") }}.
autoridad_responsable | default("Juez / Tribunal / Junta de Conciliación que dictó la sentencia") , con sede en sede_autoridad | default("_______________") .
La sentencia definitiva / laudo dictada el fecha_sentencia | default("_______________") en el expediente expediente | default("_______________") , mediante la cual descripcion_acto | default("se resolvió [describir el sentido de la resolución que se impugna].")
La sentencia fue notificada al quejoso el fecha_notificacion | default("_______________") , por lo que la demanda se presenta dentro del plazo de 15 días hábiles (Art. 17 Ley de Amparo).
Artículos articulos_violados | default("14, 16 y 17") de la CPEUM.
PRIMERO.- {{ concepto_1 | default("La sentencia reclamada viola el artículo 14 constitucional porque [desarrollar argumento: indebida valoración de pruebas, falta de fundamentación, incongruencia, etc.].") }}
SEGUNDO.- {{ concepto_2 | default("Asimismo, transgrede el artículo 16 constitucional en virtud de que [desarrollar segundo concepto de violación].") }}
PRIMERO.- Tenerme por presentado con la demanda de amparo directo.
SEGUNDO.- Admitir la demanda y dar trámite de ley.
TERCERO.- Conceder el amparo y protección de la Justicia Federal.
PROTESTO LO NECESARIO
Sobre este documento: Demanda de Amparo Directo
Demanda de amparo directo contra sentencias definitivas.
Fundamentado en: Arts. 170-182 Ley de Amparo, Arts. 103, 107 CPEUM.